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Práctica Profesional Supervisada
En el territorio argentino existen profesiones que están reguladas por el Estado, debido a que su ejercicio puede comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad y los bienes de los habitantes. Las carreras de Ingeniería pertenecen a este grupo de profesiones. Por este motivo, los planes de estudio de estas carreras deben contemplar los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre la intensidad de la formación práctica que establece el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades.
Las Prácticas Profesionales Supervisadas (PPS) son prácticas educativas que están reguladas por la Resolución N°1232/01 del Ministerio de Educación de la Nación y son PRÁCTICAS OBLIGATORIAS NO REMUNERADAS. En el ámbito de la Universidad Nacional de Mar del Plata están reglamentadas por las Ordenanzas de Consejo Académico (OCA) N° 414/09 y N° 532/09.
Cada estudiante podrá acceder a la realización de la PPS, si tiene aprobado el 60% de los créditos de grado totales de su carrera y tiene la condición de 'Alumno Activo'. En ningún caso el estudiante podrá realizar una PPS mientras esté asignado a otra.
Para la acreditación de la PPS cada estudiante debe cumplir con un MíNIMO de 200 hs de práctica profesional en organizaciones del sector productivo y/o de servicios que pueden ser del ámbito público o privado, o bien en proyectos concretos desarrollados por la universidad para estos sectores o en cooperación con ellos. La distribución de la carga horaria será tal que no podrá superar las 6 horas por día ni los 5 días a la semana. Cada practicante tendrá asignado un tutor por parte del Departamento de carrera correspondiente y un tutor por parte de la organización.
Las organizaciones que deseen ofrecer PPS deberán suscribir previamente un Convenio Específico con la Facultad de Ingeniería iniciándose el trámite en la SETIE.
Modelo de Convenio Específico de PPS
Documentación requerida a la organización.
Todo estudiante que quiera iniciar su PPS en acuerdo con la organización elegida (la que previamente cuenta con el convenio), deberá suscribir un acuerdo individual que será tramitado por la unidad académica desde el Departamento de carrera correspondiente. Dicho acuerdo será suscripto por la persona autorizada a firmar por la organización solicitante, por el estudiante y por el Director del Departamento, en cuatro ejemplares: 1 para el estudiante, 1 para la organización, 1 para la unidad académica y 1 para la Secretaría de Extensión Universitaria.
Modelo de Acuerdo Individual de PPS
También existen otras modalidades bajo las cuales el estudiante puede cumplimentar la realización de la PPS. Éstas son: mediante la acreditación de una pasantía realizada; mediante acreditación de una PSC realizada; mediante la acreditación de la actividad laboral del estudiante, siempre que esta sea afin al objeto de estudio de la carrera; mediante acreditación de la participación en proyectos de transferencia o extensión. Para gestionar dichas acreditaciones, el estudiante deberá presentar una solicitud de reconocimiento de la actividad al Departamento de Carrera correspondiente, siguiendo las indicaciones que establece el reglamento.